Transparencia y acceso a la información pública
En cumplimiento a la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014 el Grupo Puerto de Cartagena pone a disposición de la ciudadanía y demás grupos de interés la siguiente información.
- 1.1. Misión, visión, funciones y deberes.
- 1.2. Estructura orgánica - Organigrama
- 1.3. Mapas y Cartas descriptivas de los procesos
- 1.4. Directorio Institucional
- 1.5. Directorio de servidores públicos
- 1.6. Directorio de entidades
- 1.7. Directorio de agremiaciones, asociaciones y otros grupos de interés
- 1.8. Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas
- 1.9. Mecanismos para presentar quejas y reclamos en relación con omisiones o acciones del sujeto obligado
- 1.10. Calendario de actividades y eventos.
- 1.11. Información sobre decisiones que puede afectar al público.
- 1.12. Entes y autoridades que lo vigilan.
- 1.13. Publicación de hojas de vida.
- 1.14. Correo electrónico para notificaciones judiciales
- 1.15. Programa de transparencia y ética empresarial
- 1.16. Certificado de cumplimiento accesibilidad Sociedad Portuaria Regional de Cartagena - SPRC
- 1.17. Certificado de cumplimiento accesibilidad CONTECAR
- 1.18. Estudios, investigaciones y otras publicaciones
- 1.19. Convocatorias
- 1.20. Preguntas y respuestas frecuentes
- 1.21. Glosario
- 2.1. Leyes
- 2.2. Decreto Único Reglamentario.
- 2.3 Normativa aplicable
- 2.4. Vínculo al Diario o Gaceta Oficial.
- 2.5. Políticas, lineamientos y manuales.
- 2.6. Agenda regulatoria
- 2.7.Sistema Único de Información Normativa – SUIN.
- 2.8. Sistema de búsquedas de normas, propio de la entidad.
- 2.9. Proyectos normativos, comentarios y respuesta a comentarios.
El Grupo Puerto de Cartagena es una empresa del sector privado, en consecuencia no está obligado a publicar su información contractual debido a que este aplica para sujetos del sistema presupuestal nacional o territorial
- 4.1. Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión.
- 4.2. Ejecución presupuestal.
- 4.3 Plan de Acción.
- 4.4. Proyectos de Inversión.
- 4.5. Informes de empalme.
- 4.6. Información pública y/o relevante.
- 4.7. Informes de gestión, evaluación y auditoría.
- 4.8. Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico.
- 4.9. Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos.
- 5.1. Los procedimientos o protocolos de atención de servicio al cliente
- 5.2 Portafolio de servicios
- 5.3 Consulta de tarifas
- 5.4 Los formatos y formularios requeridos, indicando y facilitando el acceso a aquellos que se encuentran disponibles en línea Servico al cliente Portafolio de servicios SPRCOnline
Según la Resolución 1519 del año 2020, los sujetos que están obligados a contar con Menú Participa son únicamente las entidades públicas, y los particulares que cumplan función pública o administren recursos públicos.
Grupo Puerto de Cartagena es una empresa privada por lo que no es sujeto obligado de este requerimiento, además por su naturaleza, no es posible involucrar a sus usuarios en la formación de políticas internas y en la evaluación de la gestión institucional.
- 7.1. Estadísticas e indicadores
- 7.2. Información portuaria
- 7.3 Portal de datos abiertos del Estado Colombiano
- 7.4. Registro de Activos de Información
- 7.5. Índice de Información Clasificada y Reservada
- 7.6. Esquema de Publicación de Información
- 7.7. Programa de Gestión Documental: se encuentra disponible en la plataforma de gestión documental interna de la organización: AD-PRG400 Programa Gestión de Documental – PGD
- 7.8. Tablas de Retención Documental
- 7.9. Registro de publicaciones
- 7.10. Costo de Reproducción: A la solicitud de información pública se le aplicará el principio de gratuidad, sin embargo podrían aplicar algunos costos si es solicitada a través de medios diferentes al electrónico, relacionados con la extracción y envío. Por favor comuníquese al departamento de atención al cliente a través del formulario de Peticiones, Quejas, Reclamos y Solicitud de Información Pública.
Los sujetos obligados a publicar información tributaria son las entidades territoriales locales, es decir, los Municipios y Distritos, quienes de acuerdo con el anexo 2 de la resolución 1519 del año 2020, deben publicar en su sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública los procesos de recaudo de rentas locales y las tarifas de liquidación de impuesto de industria y comercio.